Renuncia a la herencia: formas y opciones. Art. 2299 CCCN.
Las herencias pueden ser aceptadas o renunciadas. La renuncia a la herencia no puede perjudicar a los acreedores del renunciante, ni tampoco puede el heredero que no ejerce el derecho de opción hacerlo indefinidamente en detrimento de los acreedores, quienes podrán ejercer la opción por vía de la acción subrogatoria. En este artículo analizaremos la […]
Renuncia a la herencia: formas y opciones. Art. 2299 CCCN. Ver artículo










