¿Cómo obtener los hechos para plantear la demanda o su contestación?


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Los hechos: requisito procesal de la demanda

De acuerdo al artículo 330, inciso 4to del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, es requisito procesal de la demanda contener “Los hechos en que se funde, explicados claramente”.

Ahora bien, el primer acercamiento al conocimiento de los hechos y también la primera dificultad respecto a éstos, comienza a partir de los hechos relatados por el cliente. Entonces ¿Cómo obtener los hechos para plantear la demanda o su contestación?

Los hechos fijan la base del razonamiento jurídico y servirán de sustento a la demanda o la contestación con todas las defensas y excepciones que sea posible esgrimir. De allí la importancia de identificar si la información expuesta por el cliente es suficiente o haría falta recabar más para conocer en profundidad las circunstancias del caso.

Sugerencias para obtener los hechos para plantear la demanda o su contestación

Para poder obtener los hechos para plantear la demanda o su contestación y determinarlos con alguna precisión, se pueden seguir algunas sugerencias que enseñaba M. Fabio Quintiliano [Instituciones oratorias]:

  • Conceder al cliente todo el tiempo que sea necesario, invitándolo a que exponga todo cuanto tiene que exponer, con toda la extensión que quieran, tomándose tiempo para ello.Tener presente que no es tan superficial el oír cosas superfluas, como ignorar las necesarias. Y muchas veces se encontrará el punto de la cuestión, en las mismas cosas que al cliente le parecían superfluas.
  • Pedirle al cliente, incluso, que escriba todo lo que tiene para decir.
  • Hacerle decir al cliente segunda y tercera vez lo mismo, no sólo porque en la primera vez se le pudiesen olvidar algunas cosas, sino también para saber si se mantiene en lo mismo.

Porque es una realidad que el cliente es capaz de mentirle hasta a su propio abogado. Por esta razón jamás se le ha de dar al cliente crédito entero. Tengamos en cuenta que si el cliente miente, el abogado demanda o defiende mal, y el conocimiento de los hechos son fundamentales para elaborar una buena estrategia que nos permita resolver el problema.

En definitiva, el abogado debe indagar, más de lo que el cliente le descubre.

Aquel orador también aconseja que luego que se hubiere escuchado al cliente con la paciencia que se requiere, se debe pasar a hacer otro papel:

  • Representarse en la parte contraria, proponiendo todo lo que absolutamente se puede discurrir en contrario, y entonces preguntarle ahora al cliente desde esta nueva perspectiva.

Además supo decir que:

  • Se hará necesario mirar con atención toda la prueba instrumental del pleito y volver a leer con mucha atención. Porque frecuentemente sucede que no son los instrumentos absolutamente como prometía el cliente o es menos lo que contienen, o se hallan complicados con alguna circunstancia que pueda perjudicar o dicen más de lo que esperábamos que dijeran, o se encuentran dañados o faltos de sellado o fuera de las formas exigidas por la ley para el instrumento de que se trate.
  • Será necesario también registrar las circunstancias de las personas, tiempos, lugares, fundamentos, instrumentos, y todas las demás cosas, de las cuales se puedan sacar en limpio, no solamente las pruebas más habituales, sino qué testigos son los que se han de tener mayor recaudo.
  • Estudiar a fondo la causa, teniendo delante de los ojos todo aquello que le puede favorecer o ser perjudicial.
  • Será necesario ahora revestirse en la persona del juez y hacer de cuenta que se defiende en su presencia aquel pleito para probar si llegamos a la convicción de lo mismo que pensamos plantear en la demanda o en la contestación para obtener una sentencia favorable.

Con toda la información recabada, se redactarán las cuestiones de hecho en la demanda y las pruebas en las que se fundamenta, teniendo en cuenta, respecto de lo primero de que se trata de redactar hechos simples, una historia circunstanciada y coherente, determinando los hechos que tienen vinculación directa y efectiva con la causa de la relación u obligación jurídica; todo lo que sirve para que el juez dilucide su competencia y constituya garantía para la demandada que debe aceptar o negar todos los hechos expuestos.

Para el actor, el relato de los hechos es una obligación mientras que para el demandado es una carga procesal que es esperable cumpla como imperativo de su propio interés.

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Antecedentes de la autora

dra carina vanesa suarez

La Dra. Carina Vanesa Suárez es abogada egresada de la UCA (1996).

Es autora de más de quince libros técnicos de práctica profesional, entre los que se destacan: Cómo plantear, resolver y argumentar un caso195 Demandas y contestaciones para todo el CCCNCómo demandar y contestar una demanda200 modelos de actuaciones procesalesLa prueba en los procesos civiles y comercialesLey de Contrato de Trabajo ComentadaDespido laboral – teoría y práctica.

Es también autora de artículos, trabajos y comentarios a fallos judiciales, así como responsable del dictado y diseño curricular de cursos de práctica profesional.

Participante en medios de comunicación social. Fundadora y autora del sitio web orientacionlegalparatodos.com

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