Los abogados, habrán oído decir más de una vez: “-No atiendas casos perdidosos”. Y me permito aquí una digresión literaria: “era consciente que sólo lo llamaban para atender casos perdidos, pero él consideraba que eso también era una forma de especialización” [GABRIEL GARCÍA MARQUEZ. El amor en los tiempos del cólera].
Y si bien, la nota traída a cuento se refiere a la ciencia médica, en la abogacía saber defender es una especialización y más de una vez el liminar diagnóstico se dará vuelta a favor de una sentencia favorable para el demandado por quien muchos no hubieran apostado que tuviera la mínima posibilidad de salir favorecido.
Bien, esta postura encuentra su absoluto apoyo una relevante doctrina jurídica, porque no hay casos ganados ni , ni perdidos antes del pleito pues como supo decir Goldschmidt, puede suceder que lo que el juez reconozca como derecho no corresponda a lo que en realidad es derecho; (luego hizo la salvedad contestándole a Calamandrei que desde luego no había dicho que el fin del proceso es dar valor del derecho a lo que no es). Sin embargo, supo el Jurista atinar una proposición realista, porque en definitiva el proceso es un combate, una litis y los abogados tienen la carga de llevar la labor con cierta habilidad para evitar que el juez otorgue lo que no es derecho.
Precisamente, le debemos a Goldschmidt la noción de carga procesal como imperativo del propio interés. Quien soporta una carga no tiene obligación de hacerlo, solamente su propio interés le aconseja que la cumpla, porque dicho cumplimiento le da la posibilidad de obtener una ventaja procesal; o le evita una desventaja en su situación procesal. Es así como contestar la demanda es una carga procesal y es esperable que el litigante pueda hacerlo con la mayor precisión y diligencia posibles.
Además es esperable que el actor no crea nunca tenerlo todo ganado y evite “dormirse en los laureles” que según la RAE es “Descuidarse o abandonarse en la actividad emprendida, confiando en los éxitos que ha logrado” porque el menor descuido en el proceso judicial se paga con costas (y sólo como mínima consecuencia de las muchas y graves que puede acarrear su negligencia procesal).
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Antecedentes de la autora
La Dra. Carina Vanesa Suárez es abogada egresada de la UCA (1996).
Es autora de más de quince libros técnicos de práctica profesional, entre los que se destacan: Cómo plantear, resolver y argumentar un caso; 195 Demandas y contestaciones para todo el CCCN; Cómo demandar y contestar una demanda; 200 modelos de actuaciones procesales; La prueba en los procesos civiles y comerciales; Ley de Contrato de Trabajo Comentada; Despido laboral – teoría y práctica.
Es también autora de artículos, trabajos y comentarios a fallos judiciales, así como responsable del dictado y diseño curricular de cursos de práctica profesional.
Participante en medios de comunicación social. Fundadora y autora del sitio web orientacionlegalparatodos.com
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