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Colapso previsional: la solución ahora pasa por la Corte Suprema

El traslado de causas del edificio del Fuero de la Seguridad Social de Marcelo T. de Alvear 1840 a otras instalaciones judiciales, le dio una salida transitoria al riesgo que estaba ocasionando el sobrepeso de los expedientes. Pero no solucionó el problema central: qué hacer con los más de 400.000 juicios y con las 10.000 nuevas demandas que ingresan todos los meses.

Este colapso se agravó aun más por el veto presidencial a la ley que votó el Congreso y que establecía el 82% móvil para la mínima y la aplicación de los ajustes ordenados por la Justicia, destacó el diario Clarín.

Si bien la iniciativa no solucionaba el tema de los juicios por la mala liquidación de haberes, disponía hacia delante el reajuste según las leyes previsionales y la doctrina de la Corte Suprema. Eso suponía al menos una desaceleración de nuevos juicios.

Por ese motivo, todas las miradas apuntan ahora a los tres poderes, y en especial al máximo tribunal, enfatizó el mencionado matutino.

Hace más de dos años, la Defensoría del Pueblo reclamó extender las sentencias de la Corte a todos los jubilados que estén en condiciones similares al caso Badaro, o sea que después de enero de 2002 no hubieran tenido un ajuste igual al aumento del índice de salarios, que hasta diciembre de 2006 fue del 88,57%.

La demanda fue aceptada por el Juez Alberto Ize, pero la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) apeló y la Sala III de la Cámara Federal revocó el fallo. La defensoría apeló la sentencia y así, hace tiempo, la “pelota” está en terreno de la Corte Suprema.

El juez Luis Herrero, integrante de la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, le pidió que la Corte dicte “una sentencia de alcance general que condene a la ANSES a cumplir en el ámbito administrativo la movilidad reconocida en las sentencias “Sánchez” (de 1991 a 1995) y “Badaro” (de 2002 al 2006).

Herrero agrega que “esta sentencia de alcance expansivo debería fijarle un plazo perentorio a la ANSES para el cumplimiento de la condena, bajo apercibimiento de dar intervención a la justicia penal e imponerle al Director Ejecutivo una multa compulsiva y progresiva en caso de incumplimiento”.

El abogado Horacio González, uno de los denunciantes de esta situación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, agregó que “el Congreso determine los recursos y asigne partidas presupuestarias necesarias para pagar a todos el haber que les corresponde y se cumplan las sentencias judiciales” y que “el Poder Ejecutivo respete las decisiones del Congreso, e instruya a la ANSES a actuar conforme derecho, en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado, liquidando correctamente los beneficios previsionales”.

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